Calculadora del plazo para reclamar un despido
Tienes 20 días hábiles para reclamar. Pon la fecha de efectos de tu despido y te decimos qué día se acaba el plazo, con los festivos de Madrid ya descontados.
20 días
Pon la fecha y pulsa calcular. Aquí verás el último día para reclamar y los festivos que se han saltado.
El plazo termina el
No esperes al último día. Con la carta de despido preparamos la papeleta de conciliación enseguida.
Que revisen mi despido Llamar al 91 571 40 14Cómo se cuentan los 20 días
El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles y empieza el día siguiente a la fecha de efectos. Para contarlos se saltan los sábados, los domingos, el 24 y el 31 de diciembre y los festivos del lugar donde está el juzgado. Agosto cuenta como cualquier otro mes, porque los despidos son urgentes.
Es un plazo de caducidad, el más estricto que hay: no se para por negociar con la empresa, ni por estar de baja, ni por no haber recibido todavía el finiquito. Lo único que lo detiene es presentar la papeleta de conciliación en el SMAC (o la reclamación previa, si trabajas para la Administración).
Un ejemplo
Te despiden con efectos del martes 3 de noviembre de 2026 y trabajas en Madrid capital. El primer día del plazo es el miércoles 4. Contando de lunes a viernes y saltando el lunes 9, que es la Almudena, el día 20 cae en el miércoles 2 de diciembre. Ese es el último día para presentar la papeleta.
Si presentas la papeleta el día 8 del plazo, te quedan 12 días hábiles, que vuelven a correr al día siguiente de la conciliación. Por eso conviene moverse pronto: cuanto antes se presenta la papeleta, más margen queda después para la demanda.
Lo que conviene saber
La calculadora lleva los festivos oficiales de 2026 de la Comunidad de Madrid y de Madrid capital. Los de 2027 son los aprobados por la Comunidad, pendientes de su publicación definitiva, y los locales de Madrid capital para 2027 aún no se conocen: si tu plazo llega a 2027, compruébalo con un abogado.
Si además quieres saber cuánto te corresponde, usa nuestra calculadora de indemnización por despido. Y si tienes dudas sobre qué hacer, te lo contamos paso a paso en qué hacer si te despiden o puedes consultarlo con nuestro abogado laboral en Madrid.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días tengo para reclamar un despido?
20 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de efectos del despido (artículo 59.3 del Estatuto de los Trabajadores y artículo 103 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). Es un plazo de caducidad: si se pasa, el despido ya no se puede impugnar, aunque fuera injusto.
¿Qué días no cuentan?
Los sábados, los domingos, los días 24 y 31 de diciembre y los festivos nacionales, autonómicos y locales del lugar donde está el juzgado. Agosto sí cuenta: para los despidos es un mes hábil.
¿Desde cuándo empieza a contar?
Desde el día siguiente a la fecha de efectos que pone la carta de despido, no desde el día en que te la entregan. Si la carta dice que el despido tiene efectos el 3 de noviembre, el primer día del plazo es el 4.
¿La papeleta de conciliación para el plazo?
Lo suspende. Presentar la papeleta en el SMAC detiene la cuenta, que se reanuda al día siguiente del acto de conciliación o, si no se ha celebrado, a los 15 días hábiles de haberla presentado. Lo que quedaba de los 20 días es lo que tienes para presentar la demanda.
¿Y en Navidad?
Entre el 24 de diciembre y el 6 de enero los juzgados tienen por inhábiles muchos días, pero el despido es un procedimiento urgente y se discute si ese periodo cuenta para este plazo. Por prudencia, esta calculadora cuenta como hábiles los laborables de esas fechas (salvo el 24, el 31 y los festivos), que es la forma de no pasarte nunca.
¿Sirve si no trabajo en Madrid capital?
Sí, eligiendo «otro municipio de la Comunidad de Madrid»: la calculadora salta los festivos nacionales y autonómicos, pero no los locales de tu municipio, así que el resultado puede quedarse uno o dos días corto. Para otras comunidades autónomas no sirve, porque sus festivos son distintos.
Última actualización: octubre de 2026.