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¿Sabes cual es la diferencia entre despido improcedente y nulo?

El despido es IMPROCEDENTE cuando no quede acreditado el incumplimiento que se alega para el despido o cuando no se hubieren cumplido las exigencias formales establecidas y en el caso de despido objetivo cuando no se acredite la causa.

Y será NULO cuando tenga por móvil alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la ley, o se produzca con violación de derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador, o bien este previsto como tal en los supuestos tasados en la legislación.

Lo mas relevante en la distinción, es la consecuencia que conlleva tal declaración por parte de los Jueces o Tribunales. En este sentido, si se declara la improcedencia del despido o despido improcedente, la empresa podrá optar por readmitir al trabajador o indemnizarlo en la cuantía correspondiente al despido improcedente. Sin embargo, si se declara el despido nulo, la empresa deberá reincorporar al trabajador en su puesto de trabajo y estará obligada a abonarle los salarios de tramitación (salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha en la que se notifique la sentencia).